Equipo
Nuestro Equipo
El equipo de profesionales que integran SUFRIUNACCIDENTE corresponde a abogados egresados de las más prestigiosas universidades chilenas, varios de ellos con maestrías rendidas tanto en el país como en el extranjero.
Además de la labor profesional que desarrollan, los abogados destacan por sus actividades académicas en universidades chilenas y extranjeras, la publicación de textos jurídicos y sus membresías en diversas organizaciones jurídicas nacionales e internacionales.
![](assets/img/m_equipo.png)
Servicios
Nuestros Servicios
Reconociendo la importancia de la asesoría legal en materia de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, en especial, la recuperación física y psicológica, contamos con abogados especializados en demandas de indemnización de perjuicios en sede laboral, por lesiones que produzcan incapacidad, enfermedad o muerte del trabajdor, a causa o con ocasión del trabajo, incluyéndose los accidentes de trayecto.
![](assets/img/m_servicios.png)
Beneficios
Beneficios para nuestros clientes
Los beneficios para nuestros clientes son contar con una asesoría integral en el ámbito de los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, con la finalidad de obtener una indemnización de perjuicios acorde a la gravedad de la lesión, incapacidad o fallecimiento.
Prestamos servicios en todo el territorio nacional, de manera presencial y on line.
Los clientes de SUFRIUNACCIDENTE corresponden a trabajadores que han sido víctimas de un accidente o padecen una enfermedad profesional, teniendo por causa el desarrollo de su trabajo, y que las empresas mandante, contratista o subcontratista, no han respondido satisfactoriamente de acuerdo al daño que se ha generado.
![](assets/img/m_clientes.png)
Ejemplos
Ejemplos de casos
NAHUEL / HERRERA Y SILVA LIMITADA
RIT: O-6776-2017 2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago
Un maestro pintor demandó a su empleador HERRERA Y SILVA LIMITADA y solidariamente contra la SOCIEDAD CONSTRUCTORA JORGE ORELLANA LAVANDEROS Y CIA. LIMITADA (hoy SpA.) y en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE ÑUÑOA, por el accidente laboral sufrido por éste, con fecha 04 de mayo de 2015 a las 10:30 horas, consistente en una caída a un metro y medio de altura, sufriendo en el proceso fractura tibia/peroné y distal expuesta izquierda, además de secuelas posteriores consistentes en pseudoartritis de tibia, deshiscencia (apertura) herida operatoria e infección de herida operatoria. Éste solicita a las demandadas el pago de indemnización por daño moral por la suma de $150.000.000. La demanda fue acogida, parcialmente, por el juez de instancia por la suma de $70.000.000, y ratificada posteriormente por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, en causa Rol 978-2018, rechazando los recursos de nulidad interpuestos contra la sentencia definitiva.
BOCANEGRA / LEYTON Y COMPAÑÍA LIMITADA
RIT: O-896-2017 Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel
Un peoneta y ayudante de operador de máquina demandó a su empleador LEYTON MUEBLES Y COMPAÑÍA LIMITADA, por el accidente laboral sufrido por éste, con fecha 06 de octubre del 2015 a las 17:30 horas, consistente en hacer la mantención de una máquina en funcionamiento, ocasionando que se aplastara su dedo índice derecho y posterior amputación del mismo. Éste solicita a la demandada el pago de indemnización por daño moral por la suma de $80.000.000. La demanda fue acogida, parcialmente, por el juez de instancia por la suma de $30.000.000, y ratificada posteriormente por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de San Miguel, en causa Rol 175-2018, rechazando los recursos de nulidad interpuestos contra la sentencia definitiva.
MORALES / CONSTRUCTORA
RIT: O-4391-2015 2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago
Un mecánico demandó a su ex empleador CONSTRUCTORA INTERNACIONAL S.A., por la enfermedad profesional sufrida por éste, a partir de enero de 2013, producto de las labores repetitivas y que requerían de gran esfuerzo físico, tales como atornillar y desatornillar pernos que afianzaban los neumáticos a la maquinarias y consistentes en dolores de brazos y de codos, siendo finalmente diagnosticado con epicondilitis bilateral. Éste solicita a la demandada el pago de una indemnización por daño moral por la suma de $60.000.000. La demanda fue acogida, parcialmente, por el juez de instancia por la suma de $42.000.000.
RIVERA / CODELCO
RIT: O-5563-2017 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago
Un jornalero subterráneo y buzonero demandó a su empleador CODELCO, por la enfermedad profesional sufrida por éste, declarada como tal el 6 de abril de 2017 por el COMPIN de la Región del Maule, producto de las altas concentraciones de polvo y sílice en el ambiente laboral, siendo finalmente diagnosticado con Silicosis Pulmonar junto con un grado de incapacidad laboral del 50%. Éste solicita a la demandada el pago indemnización por daño moral por la suma de $100.000.000. La demanda fue acogida, parcialmente, por el juez de instancia por la suma de $30.000.000.
![](assets/img/m_planes.png)
Links
LINKS DE INTERÉS
Mutual de Seguridad
Como Mutual de Seguridad CChC nos remontamos a 1966, cuando directivos de la Cámara Chilena de la Construcción, con un profundo sentido social, se sintieron llamados a empujar nuestro proyecto de formación, que ya existía con sus estatutos desde 1963, aunque de modo inactivo.
ACHS - Asociación Chilena de Seguridad
Organización privada sin fines de lucro, partícipe del sistema de seguridad social de Chile, al administrar recursos y prestaciones de la Ley 16.744, referente a la prevención de accidentes y enfermedades laborales. Para cumplir con nuestra razón de ser entregamos 3 tipos de prestaciones: preventivas, de salud y económicas.
Superintendencia de Seguridad Social
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) es un organismo autónomo del Estado, a cargo de fiscalizar el cumplimiento de la normativa de seguridad social y garantizar el respeto de los derechos de las personas, especialmente de los trabajadores, pensionados y sus familias.
Dirección del Trabajo
La Dirección del Trabajo es un Servicio Público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio. Está sometido a la supervigilancia del Presidente de la República a través del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, y se rige por su Ley Orgánica (D.F.L. Nº 2, del 30 de mayo de 1967) y el D.L. Nº 3.501 de 1981.
Mutualidades de Chile
Las Mutualidades somos instituciones privadas, sin fines de lucro, que cumplimos el rol de administrar el seguro obligatorio de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. Nuestra misión es proteger a los trabajadores mediante programas preventivos y de capacitación.
![](assets/img/m_empresa.png)
Contáctenos
Las oficinas de Sufrí Un Accidente se encuentran en Santiago, sin perjuicio de cubrir los requerimientos de sus clientes en todo el territorio nacional, a través de atención telemática y de nuestras oficinas corresponsales.
Dirección:
Nueva York 57, piso 5, oficinas 501 y 503
E-mail:
Teléfonos:
+56 2 2440 7901
+56 9 3442 3143
+56 9 3442 3144